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Guías de Estudio La Esclavitud y el Trabajo Forzoso Introducción
¿Qué es la esclavitud? La Convención sobre la Esclavitud (artículo 1.1) en 1996 definió la esclavitud como
La Convención define la trata de esclavos como
La definición de esclavo de la Convención de 1926 fue ampliada, para incluir el término trabajo forzaso u obligatorio, en 1930 en el Convenio (N. 29) relativo al trabajo forzoso u obligatorio (artículo 2.1): "...todo trabajo o servicio exigido a un individuo
bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo
no se ofrece voluntariamente." De acuerdo con las Naciones Unidas, cuatro millones de personas son vendidas en contra de su voluntad con la finalidad de trabajar como servidumbre. La mayoría de ellos viene del sureste de Asia, Europa Oriental y América Latina.
La esclavitud incluye: 1) La práctica o institución de la servidumbre por deudas: el estado o la condición que resulta del hecho de que un deudor se haya comprometido a prestar sus servicios personales, o los de alguien sobre quien ejerce autoridad, como garantía de una deuda, si los servicios prestados, equitativamente valorados, no se aplican al pago de la deuda, o si no se limita su duración, ni se define la naturaleza de dichos servicios. 2) La práctica o institución de la servidumbre de la gleba (tierra): la condición de la persona que está obligada por la ley, por la costumbre o por un acuerdo, a vivir y trabajar la tierra que pertenece a otra persona y a prestar a ésta, mediante remuneración o gratuitamente, determinados servicios, sin libertad para cambiar de condición. 3) La servidumbre en la forma de matrimonio: una mujer, sin que le asista el derecho a oponerse, es prometida a cambio de una contrapartida en dinero o especie, entregada a sus padres, tutor, familia o a cualquier otra persona o grupo de personas; o el marido de la mujer, la familia o el clan del marido tienen el derecho de cederla a un tercero a título oneroso o de otra manera; la mujer, a la muerte de su marido, puede ser transmitida por herencia a otra persona. 4) La explotación de niños y adolescentes: cualquier institución o práctica donde un niño o joven menor de dieciocho años es entregado por sus padres, o uno de ellos, o por su tutor, a otra persona, mediante remuneración o si ella, con el propósito de que se explote la persona o el trabajo del niño o del joven. A fin de determinar exactamente que prácticas constituyen la esclavitud, es necesario considerar sus circunstancias:
De los Estados que se han comprometido a los términos relativos a la esclavitud y plasmados en las convenciones, en ciertos casos, algunos de ellos permiten alguna forma de esclavitud individual dentro de su jurisdicción - volviéndose así, difícil y controversial, el cumplimiento forzoso de las convenciones abolicionistas. El sistema penitenciario, por ejemplo, frecuentemente ofrece mano de obra barata (si no es que gratuita) a empresas - situación completamente legal de acuerdo a los estatutos de algunos Estados. Por definición y bajo una variedad de circunstancias, los esclavos son parte de nuestras vidas - desde el chocolate que comemos, hasta el carbón que quemamos, es decir, el trabajo de esclavos podría haber contribuido a la producción de los bienes que utilizamos diariamente. La Organización
Internacional del Trabajo (OIT) indica que existen ocho modalidades
actuales de trabajo forzoso. A continuación se presentan las
definiciones de la OIT y a los países que pone como ejemplos
donde la práctica todavía existe:
Fuente: USA Today
Instrumentos de protección regionales e internacionales Los instrumentos jurídicos internacionales toman la forma de tratados (también conocidos como acuerdos, convenios o protocolos) que obligan a los Estados contratantes. Cuando se termina de negociar, el texto de un tratado tiene el carácter de auténtico y definitivo, para lo cual los representantes de los Estados lo "firman". Existen varias formas por medio de las cuales un Estado manifiesta su consentimiento y acepta las obligaciones de un tratado. Las más comunes son la ratificación y la adhesión. Un nuevo tratado es "ratificado" por aquellos Estados que negociaron el instrumento. Un estado que no haya participado en las negociaciones puede, en una etapa posterior, "adherirse" al tratado. El tratado entra en vigor cuando un número predeterminado de Estados ratifica o adhiere al tratado. Cuando un Estado ratifica o adhiere al tratado, dicho Estado puede realizar reservas a uno o más de los artículos del tratado, a no ser que el tratado las prohíba. Las reservas normalmente se pueden retirar en cualquier momento. En algunos países, los tratados internacionales priman sobre las leyes nacionales; mientras que en otros, se requiere de un proceso interno para dar al tratado internacional --a pesar de haber sido ratificado o adherido-- el carácter de ley nacional. Prácticamente todos los Estados que han ratificado o adherido a un tratado internacional deben expedir decretos, reformar la legislación existente o presentar nuevas leyes con el fin de que el tratado tenga efectos plenos dentro del territorio. Los siguientes instrumentos internacionales determinan los estándares para la abolición de la esclavitud, el trabajo forzoso y las prácticas similares a la esclavitud, así como también la protección en contra de cada una de ellas: Convención
sobre la Esclavitud (1926) Convenio
(N. 29) relativo al trabajo forzoso u obligatorio (1930) Declaración
Universal de los Derechos Humanos (1948) (artículo 4) Convenio
para la represión de la trata de personas y de la explotación de la
prostitución ajena (1949) Protocolo
para modificar la Convención sobre la Esclavitud firmada en Ginebra
el 25 de septiembre de 1926 (1953) Convención
suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de
esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la
esclavitud (1956) Convenio
(N. 105) relativo a la abolición del trabajo forzoso (1957) Convenio
(N. 182) sobre la prohibicion de las peores formas de trabajo infantil
y la accion inmediata para su eliminacion (1989) Protocolo
facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño
relativo a la venta de niños, la prostitución infantil
y la utilización de niños en la pornografía
(2000)
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LA UNIÓN AFRICANA (ANTERIORMENTE ORGANIZACIÓN PARA LA UNIDAD AFRICANA, OUA) Carta
Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos (1981) (artículo
5)
El Consejo de Europa es una organización regional intergubernamental formada por 45 países. Su objetivo es defender los derechos humanos, la democracia parlamentaria, y el cumplimiento de la ley. Todos los miembros de la Unión Europea pertenecen al Consejo de Europa. Convenio
para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades
Fundamentales (1950) (artículo 4)
ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS (OEA) Convención
Americana sobre Derechos Humanos (1969) (artículo 6)
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Organismos nacionales de servicio y protección Los países que han ratificado estos tratados internacionales y regionales se comprometen a cumplir con las obligaciones que se establecen en los mismos, implementando completamente estas normas a nivel nacional. Esto quiere decir que deberán revisar sus leyes internas referentes a la esclavitud y el trabajo forzoso, adaptar estas a fin de asegurar que estén de conformidad con los tratados, o bien, adoptar nuevas leyes que reúnan estos requisitos. A nivel mundial, la Organización Internacional del Trabajo, agencia especializada de la ONU, juega un papel muy importante haciendo que los países apliquen estándares internacionales sobre la protección contra la esclavitud, así como también ayudando a las víctimas de la esclavitud a través de iniciativas como el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Forzoso (IPEC). Otra iniciativa es el Programa Mundial contra el Tráfico de Seres Humanos. Organizaciones No Gubernamentales como Anti-Slavery International (ASI), Amnistía Internacional y Defendiendo los Derechos Humanos (Human Rights Watch) se encuentran muy activas internacionalmente a través de campañas y vigilancia de actividades. Existen muchos ejemplos de organizaciones que combaten a la esclavitud a nivel nacional. La Comisión Pastoral de la Tierra (CPT) de Brasil, trabaja en contra de la esclavitud. La CTP está al pendiente de que el Gobierno de Brasil aplique las leyes que prohíben la esclavitud, y ha ayudado a reducir el número de niños que son obligados a trabajar sin remuneración. SOS Esclavos en Mauritania. Dos organizaciones Mauritanas - dirigidas por ex esclavos - trabajan bajo gran riesgo, para liberar esclavos. El movimiento El Hor ("El Libre") y SOS Esclavos presionan al gobierno para cambiar y asistir a los esclavos que se escapan. Este movimiento fue iniciado por árabes de la comunidad y tribus africanas quienes formaron un tratado de paz. Sin embargo ahora, el programa de redención de esclavos cuenta con considerable apoyo por parte la organización humanitaria suiza Internacional de Solidaridad Cristiana (CSI). Prominentes líderes de los derechos civiles - como el Reverendo Al Sharpton, el congresista Walter Fauntroy, y el activista de la NAACP, Joe Madison - han ayudado en misiones del CSI. Más y más organizaciones están trabajando
para erradicar y prevenir la trata de personas y el servilismo sexual.
La Strada trabaja en toda Europa Central y Oriental con la finalidad
de prevenir la trata de personas y ayudar a las víctimas del
servilismo sexual. La Coalición contra el Tráfico de Mujeres
eleva el nivel de alerta sobre este tema y presiona a los legisladores
internacionalmente en representación de mujeres explotadas sexualmente.
El Proyecto de Protección recolecta información legal
e historias de sobrevivientes relativos al tráfico de mujeres
y niños.
Materiales para la defensa, la educación y la capacitación Para defensores Guía
para el Nuevo Protocolo de las Naciones Unidas sobre Tráfico
de Personas Para educadores Folleto
Informativo contra la Esclavitud (Anti-Slavery International) Rompiendo
el Silencio: Aprendiendo acerca del Comercio Trasatlántico de
Esclavos (Anti-Slavery International) Niños
esclavos (Beverly Witwer) Libertad
de la esclavitud (Amnistía Internacional-EUA) Los
niños invisibles (Organización Internacional del Trabajo
y Educación Internacional)
Año Internacional de Conmemoración de la Lucha contra la Esclavitud y de su Abolición 2004 Día Internacional del Recuerdo del Comercio de Esclavos y su Abolición (23 de agosto)
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